A través de un nuevo decreto se eliminarán las barreras de entrada a las energías renovables de pequeña escala, con y sin interacción con la red.
La propuesta de Reglamento de Generación Distribuida en Costa Rica avanza a paso firme. El proceso de consulta pública y trámite vinculante frente al Ministerio de Economía, Industria y Comercio finalizó con éxito. Y ahora sólo aguarda la firma del presidente Carlos Alvarado Quesada para empezar a regir.
¿Cuándo se publicaría el decreto? Los empresarios del sector son optimistas respecto a la celeridad del proceso y su entrada en vigencia.
En conversación con Energía Estratégica, William Villalobos, director ejecutivo de la Cámara Costarricense de Generación Distribuida (CCGD), auguró que este primer bimestre de 2021 ya estará el decreto:
“Considerando que esta propuesta lleva más de un mes y medio en el despacho de Casa Presidencial, el sector empresario cree que no pasará de febrero la aplicación del reglamento”.
Para el referente de la CCGD esta reglamentación junto con el Proyecto de Ley de Recursos Energéticos Distribuidos (que se espera que avance este año) estarían tomando las mejores experiencias regulatorias de países como Chile, Colombia y México, aplicando tres ejes que son medulares:
1-Asegurar los derechos de los usuarios finales
2-Velar por la seguridad operativa de la red eléctrica nacional
3-Entender que la mayor incorporación de la energía eólica y solar de bajo costo de generación significa también ayudar a la competitividad del sector productivo
Es importante señalar que el reglamento es resultado de un proceso de mesas de diálogo públicas-privadas que lideró la mesa de Energía del Ministerio de Ambiente y Energía junto a la ministra Andrea Meza Murillo; el viceministro de Energía, Rolando Castro Córdoba; la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep); el Centro Nacional de Control de Energía (CENCE), donde fueron consultadas también las distribuidoras eléctricas y otras entidades y empresas del sector como la Cámara Costarricense de Generación Distribuida (CCGD).
Como gran particularidad que destaca el sector empresario, esta propuesta incorpora la figura de operación en paralelo, sin entrega de excedentes a la red. Esto permite paneles solares detrás del medidor sin tener interacción con la red.
También se habilita el autoconsumo virtual a través del cual se pueden colocar paneles solares en un techo de su propiedad distinto al punto de consumo.
Y además le da la competencia al CENCE para definir los requisitos de carácter técnico para los nuevos sistemas y al ARESEP fijar los límites de penetración segura de estos en la red. Con lo cual, se asegura el funcionamiento operativo del Sistema Eléctrico Nacional.